La Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL) editada por la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en su tercer año de existencia, publica cada mes (excepto en enero y agosto) un número nuevo con comentarios jurisprudenciales sobre diversas cuestiones de actualidad referidas al ámbito del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, elaboradas por prestigiosos juristas con la dirección de Antonio V. Sempere Navarro.
El número 7/2021 de la RJL recoge los comentarios de diez sentencias de diversa índole, tanto por los diferentes órganos judiciales que las han dictado como por los múltiples temas tratados:
- Igualdad de retribución entre trabajadoras y trabajadores de un mismo empresario aunque presten servicios en establecimientos distintos. Efecto directo horizontal del art. 157 TFUE. Nogueira Guastavino, Magdalena
- Interinidad por vacante de larga duración (Caso IMIDRA). Sempere Navarro, Antonio V.
- La protección de la libertad religiosa y los límites a su restricción por parte empresarial. Rojo Torrecilla, Eduardo
- Conciliación vida familiar y laboral (modificación de jornada). Discriminación por razón de género. Preciado Domènech, Carlos Hugo
- La representatividad sindical de las comisiones negociadoras de convenios colectivos sectoriales. Casas Baamonde, María Emilia
- La especificación de la remuneración en la copia básica del contrato con la expresión "según pacto" es válida y respetuosa con las exigencias legales. Arias Domínguez, Ángel
- Dos cuestiones procesales: el derecho a salarios de tramitación en la acumulación sucesiva de procesos por resolución de contrato y despido y la incomparecencia del demandado al acto de juicio como motivo de nulidad de actuaciones. Martínez Moya, Juan
- La retribución de los permisos en el sector de Contact Center y su impacto de género. Areta Martinez, María
- Transformación del contrato de interinidad por vacante en indefinido no fijo por dilación injustificada en la provisión de la plaza. Cavas Martínez, Faustino
- Compensación de los gastos derivados del desarrollo del trabajo a distancia: A falta de convenio colectivo o acuerdo- individual o colectivo- que precise los términos del acuerdo de trabajo a distancia, solo cabe reclamar individualmente la compensación de los gastos debidamente justificados. García Romero, Belén
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